El teletrabajo y la Prevención de Riesgos Laborales

El teletrabajo ha tenido un gran auge en las últimas semanas en nuestro país. Debido al Estado de Alarma, una gran cantidad de empresas han dado instrucciones a sus trabajadores para que continúen  con su actividad profesional desde casa. Es aquí cuando se abre una nueva cuestión laboral: ¿Cómo aplicar la Prevención de Riesgos Laborales a las personas que se encuentren teletrabajando?

El Acuerdo Marco Europeo de 2002 definió el concepto de teletrabajo como una “forma de organización y/o de realización del trabajo, utilizando las tecnologías de la información, en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral, en la que un trabajo que también habría podido realizarse en los locales del empresario se ejecuta habitualmente fuera de esos locales”.

A pesar de que no existe una normativa específica que regule esta modalidad, el teletrabajo se ha abordado en su totalidad en este Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo. Este documento aborda las condiciones del empleo ejecutado desde casa y la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que se acojan a esta modalidad laboral, entre otros aspectos.

Respecto a Prevención de Riesgos Laborales, el Acuerdo establece que los trabajadores que ejerzan su profesión en su domicilio tendrán los mismos derechos y deberes que los trabajadores que lo hagan en las instalaciones de la empresa. Por lo tanto, el empresario será el responsable principal de la protección de la salud y seguridad profesional de sus empleados, y deberá garantizarles una serie de aspectos:

  • Evitar los riesgos que puedan producirse en el entorno donde se vaya a trabajar y en el desempeño de la actividad.
  • Evaluar los riesgos que no puedan ser evitados.
  • Combatir estos riesgos en su origen.
  • Adaptar el trabajo a cada persona.
  • Planificar la prevención que se vaya a realizar según los riesgos estimados.
  • Dar las debidas instrucciones al trabajador para prevenir riesgos y proteger su salud.

Además, según el Acuerdo Marco, el empresario o el representante de los trabajadores podrá tener acceso al lugar donde se vaya a desarrollar el teletrabajo. Esto servirá para poder corroborar la correcta aplicación de las normas de PRL. Este acceso, por supuesto, deberá realizarse ante un consentimiento previo por parte del trabajador. Y este último tendrá el deber de aplicar correctamente las políticas de seguridad y salud recibidas por parte del empresario.